
¿A quién va dirigida la campaña electoral de AMIA? ¿A los socios? o ¿A los argentinos?
AMIA: La voluntad soberana en el ejercicio del voto comunitario
En estos trascendentales momentos históricos que transcurrimos, la realidad comunitaria nos convoca a los socios de AMIA a afrontar la necesidad ética y moral de participar activamente y votar en estas elecciones del 05 de abril.
El ejercicio del voto soberano implica la posibilidad de participar en el proceso del sufragio desde la igualdad política que señale una condición de privilegio a partir de la pertenencia a esta institución comunitaria.
En nuestra República Argentina estamos viviendo dramáticos momentos pues se ha instalado una inquietante grieta, una profunda fisura que continúa dividiendo irremediablemente a nuestra sociedad argentina y cuando nos hablan de grieta o fisura nos obligan a pensar en heridas, en separaciones, en desencuentros, en conflictos, en violencia y finalmente en profundos odios.
La Comunidad judía no pudo abstraerse de los dramáticos tiempos históricos que atraviesan a la República Argentina, a la sociedad argentina y a un mundo en perpetua crisis de valores, ideales y perspectivas; reflejándose en la vida interna de la comunidad ciertas polarizaciones no deseables pero a veces imposibles de evitar.
La AMIA es una organización con un sistema de elecciones de sufragio indirecto, mediante la cual los socios votan, de manera voluntaria, para designar a la Asamblea de Representantes de Socios, compuesta por 90 miembros, a través de comicios llevados a cabo cada tres años.
Ante el llamado a elecciones para formar una nueva Comisión Directiva de AMIA es natural y lógico desarrollar una campaña electoral para conseguir el voto comunitario de la masa societaria afín a las propuestas de cada factor político.
Es normal y deseable relacionarse con la sociedad argentina en general en todas sus expresiones por parte de las instituciones judías argentinas pero desarrollar una campaña electoral comunitaria donde se expongan inútilmente nuestros inevitables desencuentros es sumamente perjudicial para la salud comunitaria.
Lo inconveniente e inadmisible es nacionalizar la puja electoral en marcos extracomunitarios ajenos a los votantes de AMIA y a la Comunidad Judía Argentina direccionando a toda la sociedad argentina para que esta se forme una opinión sobre la comunidad que no le compete y aún más que pueda influir negativamente al agrietar la voluntad comunitaria con puntos de vista que nada tienen que ver con el ámbito en cuestión.
Exponer livianamente la realidad comunitaria a disposición de ciertos sectores hostiles a la vida judía o definidamente judeofóbicos o simplemente frente a ciudadanos argentinos completamente desprevenidos y desinformados sobre la dinámica de la vida comunitaria judía actual es exponernos a situaciones poco saludables y francamente riesgosas para la vida judía.
Los trapos limpios no deben lavarse fuera de casa y tampoco los sucios si los hubiera.
“La Asociación Mutual Israelita Argentina, constituida el 26 de abril de 1900 bajo la denominación Chevrah Keduscha Aschkenazi, tiene por objeto, según se desprende de sus estatutos agregados a fs. 1255/1270, servir de vínculo entre los judíos de la Capital Federal y el Gran Buenos Aires, desarrollando las siguientes actividades: prestar ayuda constructiva y subsidios en caso de fallecimiento; subvencionar a entidades de beneficencia, culturales, educacionales y religiosas y obras que persigan altos fines; apoyar toda acción constructiva en bien de Israel y toda otra obra de bien común; promover la difusión de la cultura judía y general, organizando conferencias, cursos, audiciones, etc.; editar y/o auspiciar publicaciones de toda índole; abogar por un creciente intercambio espiritual y cultural entre la República Argentina e Israel; propender a la educación judaica entre los asociados y la colectividad judía en general mediante la subvención de escuelas israelitas y el mantenimiento y apoyo de institutos y seminarios; fundar organismos educacionales con la colaboración de las escuelas subvencionadas; prestar a los asociados asistencia arbitral para solucionar conflictos entre ellos y proporcionar a sus integrantes y a los miembros de sus familias la asistencia ritual que se establezca y, en caso de fallecimientos, el lugar para su sepultura en los cementerios de la asociación, de acuerdo con las prescripciones tradicionales del rito israelita. Dicha asociación se constituyó como una institución absolutamente apolítica pero, a la vez, tiene facultades para participar, por medio de las acciones pertinentes, en todos aquellos casos en que se trate de la defensa de sus asociados y del buen nombre de la colectividad judía…”
La Asociación Mutual Israelita Argentina, constituida el 26 de …
Dr. Guido Maisuls
Servicio judío de opinión e investigación periodística
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