
Acordada de la Corte Suprema de Tucumán adhiriendo a la iniciativa del Gobernador Manzur por el tema de la IHRA
Es la primera Corte Suprema del país que lo hace,
La Corte Suprema de Justicia de Tucumán adhiere por acordada al Decreto 949/1 del Gobierno de la Provincia de Tucumán y a la Resolución 114/2020 del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto
Por Acordada N°400/20 de este jueves 18 de junio, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán acaba adherir a las políticas de antisemitismo de la República Argentina, en compromiso con el respeto irrestricto de los derechos humanos, y adoptando los más altos y modernos estándares en dicha materia vigentes en el mundo. El acuerdo del Alto Tribunal establece en concreto la adhesión al Decreto N°949/1 del Gobierno de la Provincia de Tucumán, y también se manifiesta a favor de la utilización de la definición práctica jurídicamente no vinculante de antisemitismo adoptada por el artículo 1º de la Resolución N° 114/2020 del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación, aprobada por la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA).
El texto completo de dicho acuerdo ya se encuentra disponible en la web del Poder Judicial. Para acceder, clic aquí.
Entre los considerandos destacados, la Corte manifiesta que la República Argentina ha demostrado su compromiso con el respeto irrestricto de los derechos humanos, adoptando los más altos y modernos estándares en dicha materia vigentes en el mundo y que, en ese contexto, la lucha contra cualquier forma de discriminación, incluyendo el antisemitismo, es una de las políticas de Estado más importantes. La acordada destaca, además que, en el marco de convivir en una sociedad basada en valores, inclusión y libertad, la Corte considera necesaria la adopción de la definición señalada. “Tal como se expresa en la Resolución, constituye una guía de trabajo a los fines de determinar qué tipo de conductas pueden ser consideradas antisemitas y ser llevadas a cabo en la vida pública, en medios de comunicación, en instituciones educativas, en ambientes laborales y religiosos. Asimismo, constituye una herramienta para contribuir a la sanción y eliminación de conductas y actitudes basadas en la hostilidad y los prejuicios, a reforzar las medidas de prevención y a ahondar en la educación del respeto por la pluralidad”, expresa el acuerdo.
Las resoluciones de la Acordada son las siguientes:
- ADHERIR al Decreto 949/1 del Gobierno de la Provincia de Tucumán y a la utilización de la definición práctica jurídicamente no vinculante de antisemitismo adoptada por el artículo 1º de la Resolución 114/2020 del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, aprobada por la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA), que a continuación se detalla: “El antisemitismo es una cierta percepción de los judíos que puede expresarse como el odio a los judíos. Las manifestaciones físicas y retóricas del antisemitismo se dirigen a las personas judías o no judías y/o a sus bienes, a las instituciones de las comunidades judías y a sus lugares de culto”; ello, “como guía de aplicación, con la finalidad de contribuir a la lucha de la República Argentina contra el antisemitismo en todas sus formas, colaborar en la construcción de una cultura de prevención de la hostilidad y la violencia a que llevan los prejuicios y la intolerancia, promover la educación para la pluralidad y reforzar la tarea de garantizar el cumplimiento del objetivo de la educación, la memoria y la investigación del Holocausto y de sus lecciones para nosotros y las generaciones venideras”(Artículo 2º Resolución 114/2020 MRE).
- DISPONER la publicación de lo aquí dispuesto, a través de la Dirección de Comunicación Pública.
San Miguel de Tucumán, jueves 18 de junio de 2020.-
Servicio judío de opinión e investigación periodística
www.identidades.com.ar