Periódico Nueva Sión: LA DAIA ANTE UNA DECISIÓN HISTÓRICA
Ante la inminencia de una decisión por parte de la DAIA, en cuanto a la alternativa de apelar o no el Fallo del TOF 8, que declaró la inexistencia de delito en la causa que se sigue a las máximas autoridades del gobierno que firmó el Memorándum de Entendimiento con la República de Irán, en el año 2013 y teniendo en cuenta que la DAIA actuó, en su momento, logrando la declaración de inconstitucionalidad de dicho instrumento.
Meretz Argentina y Tzavta Centro Comunitario Social y Cultural declaran:
Esta es una causa con bases en el ámbito político nacional que se intenta dirimir en la justicia, siendo iniciada durante el ejercicio del gobierno anterior conformado por una coalición opositora a la firmante del Memorándum. Tal decisión política, inexcusablemente encuadraría dentro de las decisiones políticas no judiciables, ya que el Memorándum fue firmado por el Poder Ejecutivo en su esfera discrecional y ratificado por el Congreso Nacional.
La DAIA tiene un amplio campo de actuación en materia de defensa de los derechos humanos, de defensa de la Comunidad Judía frente al antisemitismo y de diecisiete colectivos vulnerables.
La DAIA no debe ser vehículo, de ninguna expresión política partidaria, en la lucha política nacional, la que lamentablemente, en las últimas décadas se dirime, frecuentemente, en ámbitos judiciales, lo que debilita a ese Poder de la República y a la democracia en su conjunto.
Por tales razones, consideramos que la DAIA no tiene que apelar dicha resolución y debe desvincularse de una causa en la cual nunca tendría que haber sido parte.
Ante la inminencia de una decisión por parte de la DAIA, en cuanto a la alternativa de apelar o no el Fallo del TOF 8, que declaró la inexistencia de delito en la causa que se sigue a las máximas autoridades del gobierno que firmó el Memorándum de Entendimiento con la República de Irán, en el año 2013 y teniendo en cuenta que la DAIA actuó, en su momento, logrando la declaración de inconstitucionalidad de dicho instrumento.
Meretz Argentina y Tzavta Centro Comunitario Social y Cultural declaran:
Esta es una causa con bases en el ámbito político nacional que se intenta dirimir en la justicia, siendo iniciada durante el ejercicio del gobierno anterior conformado por una coalición opositora a la firmante del Memorándum. Tal decisión política, inexcusablemente encuadraría dentro de las decisiones políticas no judiciables, ya que el Memorándum fue firmado por el Poder Ejecutivo en su esfera discrecional y ratificado por el Congreso Nacional.
La DAIA tiene un amplio campo de actuación en materia de defensa de los derechos humanos, de defensa de la Comunidad Judía frente al antisemitismo y de diecisiete colectivos vulnerables.
La DAIA no debe ser vehículo, de ninguna expresión política partidaria, en la lucha política nacional, la que lamentablemente, en las últimas décadas se dirime, frecuentemente, en ámbitos judiciales, lo que debilita a ese Poder de la República y a la democracia en su conjunto.
Por tales razones, consideramos que la DAIA no tiene que apelar dicha resolución y debe desvincularse de una causa en la cual nunca tendría que haber sido parte.
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Servicio judío de opinión e investigación periodística