El Consejo de Derechos Humanos de la ONU esta integrado por países que no cumplen con los derechos humanos básicos

El Consejo de Derechos Humanos de la ONU esta integrado por países que no cumplen con los derechos humanos básicos

La Administración Biden ha anunciado en febrero de 2021 el retorno de los EE UU al Consejo de Derechos Humanos de la ONU. El presidente Trump ya había retirado al país en 2018 en protesta por el trato injusto y discriminatorio que el consejo le daba a Israel.

Hoy este Consejo de Derechos Humanos de la ONU esta integrado por países miembros que no cumplen con los derechos humanos básicos requeridos por normas internacionales, países como Venezuela, Cuba, Libia, Pakistán, Somalia, Camerún, Eritrea, Rusia, China y Mauritania están juzgando a Israel en un contexto totalmente payasesco.

Israel ha cosechado ya 90 condenas en este Consejo de Derechos Humanos de la ONU mientras Siria posee 35 condenas, Corea del Norte 13, Iran 10 y Venezuela 2.

Sabemos que los Derechos Humanos son para todos los seres humanos y todos los países del mundo. Si no lo son para todos,  no son Humanos y aquí volvemos irremediable y trágicamente a nefastas y oscuras épocas pasadas de la humanidad.

¿Qué son los derechos humanos? 

Dice la Organización de las Naciones Unidas:

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna.

El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”

Declaración Universal de Derechos Humanos: 

Art. 1.- Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. […].

Art. 2.- a) Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. b) Además no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona.

Art. 7.- Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley y contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

 

Dr. Guido Maisuls

Servicio judío de opinión e investigación periodística
www.identidades.com.ar

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